Uno de los modelos que más ha dado que hablar en el sector del alquiler vacacional es el Modelo 179. La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) lo introdujo por primera vez en 2018 para mejorar el control sobre los alquileres turísticos, que estaban poco regulados en aquel entonces. Sin embargo, en julio de 2020, el Tribunal Supremo anuló este modelo por un defecto de forma: su aprobación no fue notificada a la Comisión Europea, como debería haber sido. Finalmente, en junio de 2021, el Modelo 179 fue reintroducido y ha llegado para quedarse.
¿Qué es el Modelo 179?
El Modelo 179 es una declaración informativa destinada a la Agencia Tributaria, con el fin de proporcionar detalles sobre el alquiler de viviendas turísticas en territorio español. Este documento ayuda a mejorar el control y la regulación de los pisos turísticos, permitiendo detectar aquellos que operan de manera fraudulenta o que no declaran todos sus ingresos y proceder a una inspección tributaria.
¿Qué información debe figurar?
El Modelo 179 requiere una serie de datos específicos:
- Identificación del titular o titulares de la vivienda, del titular del derecho en virtud del cual se cede la vivienda (si es distinto del titular de la vivienda) y de las personas o entidades cesionarias.
- Identificación del inmueble (dirección completa) con especificación de la referencia catastral, si la tiene asignada.
- Número de días de disfrute de la vivienda con fines turísticos.
- Importe percibido, en su caso, por el titular cedente del uso de la vivienda.
- Fecha de inicio de la cesión.
Opcionalmente, se puede informar sobre:
- Número de contrato en virtud del cual el declarante intermedia en la cesión de uso de la vivienda.
- Fecha de intermediación en la operación.
- Identificación del medio de pago utilizado (transferencia, tarjeta de crédito o débito u otro medio de pago).
¿Quién está obligado a presentar el Modelo 179?
Desde el 26 de junio de 2021, las personas y entidades que intermedien entre los cedentes y cesionarios del uso de viviendas con fines turísticos, ya sea a título oneroso o gratuito, están obligadas a presentar dicho modelo. Esto incluye:
- Intermediarios: son quienes proveen el servicio de mediación en el alquiler de viviendas turísticas, como plataformas digitales (Airbnb, Booking.com) y gestores de viviendas que actúan como nexo entre los propietarios y los huéspedes.
- Propietarios: aunque no deben presentar el Modelo 179, están obligados a declarar los ingresos obtenidos del alquiler turístico en su Declaración de la Renta.
Es importante destacar que los huéspedes no tienen ninguna responsabilidad fiscal directamente relacionada con este modelo.
¿Cuándo se presenta el Modelo 179 en Hacienda?
La presentación hasta 2023 era trimestral y debía realizarse de manera telemática a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. La fecha límite de presentación era el último día del mes natural siguiente a la finalización del trimestre correspondiente. Sin embargo, a partir de 2024, la presentación es anual, y el plazo establecido figura entre el 1 y el 31 de enero, abarcando la información y operaciones del año natural inmediato anterior.
¿Qué pasa si tengo un negocio de alquiler turístico y no presento el Modelo 179?
No presentar el Modelo 179 puede acarrear sanciones y multas por parte de la AEAT. Las penalizaciones pueden ser severas y afectar significativamente a los intermediarios involucrados en el alquiler de viviendas turísticas. Las sanciones incluyen:
- Por omisión de datos o presentación fuera de plazo: 20 euros por cada dato omitido o incorrecto. Esto incluye la presentación de información incompleta o inexacta.
- Por no presentar la declaración: las multas pueden llegar hasta los 600.000 euros, lo cual puede tener un impacto negativo considerable en la situación económica de los intermediarios responsables.
Por tanto, es crucial presentarlo en tiempo y forma, asegurando que la información sea completa y precisa, para evitar sanciones y multas.
¿Me pueden multar si detectan que no estoy tributando?
Aunque los propietarios de los alquileres vacacionales no deben presentar el Modelo 179, sí están obligados a declarar los ingresos obtenidos de estos alquileres en su Declaración de la Renta. Con la implementación del Modelo 179, la vigilancia sobre los pisos turísticos será mayor, y aquellos considerados ilegales tendrán más posibilidades de incurrir en sanciones. Estas sanciones pueden ser elevadas y tener un impacto significativo en los propietarios que no cumplan con sus obligaciones fiscales.
En resumen, el Modelo 179 es una herramienta crucial para la Agencia Tributaria en su esfuerzo por regular y controlar el sector del alquiler vacacional. Su correcta presentación y el cumplimiento de las obligaciones fiscales son esenciales para evitar sanciones y garantizar una operación transparente y legal en este sector en crecimiento. Si tienes dudas o necesitas ayuda con la presentación del Modelo 179, en Anta Consulting estamos aquí para asesorarte y facilitarte todo el proceso.
1 comentario en «Si tienes un piso de alquiler turístico, debes conocer el Modelo 179»
El correcto manejo del Modelo 179 no solo ayuda a evitar sanciones, sino que también contribuye a una mayor transparencia y legalidad en un mercado que está bajo el creciente escrutinio de las autoridades fiscales.